Gestionamos Directivas de Funcionamiento para Empresas o Instituciones

La Directiva de Funcionamiento es un documento solicitado por la Autoridad Fiscalizadora de Carabineros de Chile, OS 10, a todas aquellas empresas o instituciones que necesiten implementar servicios de seguridad a través de guardias privados. Sean estos subcontratados o empleados directos de la empresa. La Directiva de Funcionamiento es requerida tanto para servicios permanentes de seguridad al interior de un recinto, o también para actividades y eventos especiales. Por tanto es también necesaria para poder implementar seguridad en un evento cualquiera como un recital, una fiesta, etc. Una Directiva de Funcionamiento es básicamente un formulario por medio del cual, la empresa o productora informa a Carabineros detalladamente sobre la actividad que se desea realizar. Entre otras informaciones están las siguientes: Individualización de la empresa y su representante Ubicación física del servicio que se desea implementar Duración de la actividad Cantidad de público que se espera Medidas de seguridad adicionales con las cuales se cuenta; por ejemplo vías de evacuación, extintores, cámaras de vigilancia, etc. Horarios de funcionamiento Cantidad de personal a contratar Descripción de uniformes Datos de la empresa de RRHH que prestará el servicio Planos, etc Existen algunas diferencias entre la información solicitada por OS10 para los eventos especiales (Productoras) y los servicios permanentes (empresas en general). Es importante tener presente, que solamente las empresas debidamente autorizadas como de RECURSOS HUMANOS EN SEGURIDAD, pueden proveer de guardias tanto para servicios permanentes, como para eventos especiales. Es decir en el caso de las productoras, cuando se les exija presentar una Directiva de Funcionamiento no podrán contratar directamente al personal de seguridad. Esto es muy usual en el caso de los eventos masivos, que son siempre fiscalizados por Carabineros. Para los servicios permanentes, no existe ningún impedimento para que las empresas contraten directamente a su personal de seguridad, en este caso OS10 exige que la Directiva de Funcionamiento sea presentada por un asesor o empresa asesora debidamente autorizada. A fin de cautelar que la empresa en cuestión sea asesorada y asistida por profesionales capacitados en seguridad privada. Los documentos solicitados y elaborados por el asesor deben ser presentados en la Prefectura de Carabineros que corresponda a la ubicación de la empresa o evento a realizarse. Esta documentación será verificada por el personal de OS10 y las medidas de seguridad propuestas en el mismo, serán evaluadas técnicamente por los asesores internos de Carabineros de Chile. Al entregar la documentación una copia de todo lo entregado será timbrado y firmado por el funcionario de la oficina de OS10, como comprobante de la recepción de los mismos. En un plazo relativamente corto la autorización será entregada o en su defecto Carabineros objetará los puntos que a su criterio no estén correctos.

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